Laísmo
El laísmo es el uso de los pronombres personales "la" y "las" en función de objeto indirecto para referentes del género femenino en lugar de las formas estándar "le" y "les". En ciertos dialectos del español el laísmo es un fenómeno extendido.
El laísmo es el uso de los pronombres personales "la" y "las" en función de objeto indirecto para referentes del género femenino en lugar de las formas estándar "le" y "les". En ciertos dialectos del español el laísmo es un fenómeno extendido.
La Real Academia de la Lengua Española condenó el laísmo en 1796. El laísmo es más frecuente en el dialecto madrileño, en Castilla y León sobre todo en la provincia de Palencia, pero también es usado en algunas otras regiones.
Compré una blusa a María.
Regla geral: Le compré una blusa a María.
Laísmo: La compré una blusa a María. (Condenado pela RAE)
Regla geral: Le compré una blusa a María.
Laísmo: La compré una blusa a María. (Condenado pela RAE)
Leísmo
El leísmo es la sustitución del pronombre personal lo/la por le en la posición de complemento directo y en los verbos que tradicionalmente rigen el caso acusativo (también llamados verbos transitivos) en español.
El leísmo es la sustitución del pronombre personal lo/la por le en la posición de complemento directo y en los verbos que tradicionalmente rigen el caso acusativo (también llamados verbos transitivos) en español.
La posición oficial de la Academia ha variado con las épocas; durante el siglo XVIII la tendencia a la unificación de los casos era dominante, y de hecho en 1796 la Real Academia dictaminó que el pronombre átono debería usarse para el acusativo masculino con exclusión de lo. No sería hasta 1854 en que la doctrina se revertiría; atendiendo a una propuesta de Vicente Salva, se reintrodujo la distinción entre el lo usado para el acusativo y el le dativo. En una primera instancia se reconoció simplemente la legitimidad de la distinción entre pronombres y luego prescribiéndola explícitamente. Para fines de siglo, el dictamen de 1796 se había invertido por completo, y el uso de le se consideró incorrecto, aunque con la salvedad de aceptar el leísmo para el pronombre masculino singular, diciendo que:
...nunca o rarísima vez convendría el "le" acusativo a pronombre de cosa.
...nunca o rarísima vez convendría el "le" acusativo a pronombre de cosa.
Conozco a Pedro hace mucho tiempo.
Regra geral: Lo conozco hace mucho tiempo.
Leísmo: Le conozco hace mucho tiempo. (Aceito pela RAE)
Regra geral: Lo conozco hace mucho tiempo.
Leísmo: Le conozco hace mucho tiempo. (Aceito pela RAE)
Loísmo
El loísmo es una peculiaridad de ciertos dialectos del español que consiste en la sustitución del pronombre personal "le" (que representa generalmente al objeto indirecto) por "lo" (que se reserva, en dialectos no loístas, para el objeto directo). Desde el punto de vista del español normativo la Real Academia Española condenó el loísmo en 1874 y lo reconoce como un vulgarismo, por lo que no es correcto el uso "loísta" en español normativo.
El loísmo es una peculiaridad de ciertos dialectos del español que consiste en la sustitución del pronombre personal "le" (que representa generalmente al objeto indirecto) por "lo" (que se reserva, en dialectos no loístas, para el objeto directo). Desde el punto de vista del español normativo la Real Academia Española condenó el loísmo en 1874 y lo reconoce como un vulgarismo, por lo que no es correcto el uso "loísta" en español normativo.
Regalaron un auto nuevo a Juan.
regla geral: Le regalaron un auto nuevo a Juan.
loísmo: Lo regalaron un auto nuevo a Juan.
regla geral: Le regalaron un auto nuevo a Juan.
loísmo: Lo regalaron un auto nuevo a Juan.
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